Para garantizar la seguridad del buque, la seguridad de los trabajadores tanto a bordo como en tierra, la seguridad de la carga y la seguridad general en el mar, el Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar
(SOLAS), en su forma enmendada, exige en el capítulo VI: parte A, regla 2, que establece que la masa bruta de los contenedores embalados se verifica antes de su estiba a bordo.
A partir del 1 de julio de 2016, el expedidor
es responsable de la verificación de la masa bruta de un contenedor que transporta carga (en adelante, "un contenedor lleno"). El remitente también es responsable de garantizar que la masa bruta verificada se comunique en los documentos
de envío con suficiente antelación para que el capitán del barco o su representante y el representante de la terminal la utilicen en la preparación del plan de estiba del barco.
Si el expedidor no proporciona la masa bruta
verificada del contenedor lleno, el contenedor no debería cargarse en el buque a menos que el capitán o su representante y el representante de la terminal hayan obtenido la masa bruta verificada por otros medios.
VGM es la masa bruta total de un contenedor lleno. Comprende el peso de la carga, el peso de los materiales de embalaje utilizados y la tara del contenedor.
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